Amparada en lo que establece el artículo Art. 65.-del COOTAD: Competencias exclusivas.- Los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales ejercerán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de otras que se determinen: a) Planificar junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad el desarrollo parroquial y su correspondiente ordenamiento territorial, en coordinación con el gobierno cantonal y provincial en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad, se hace la CONVOCATORIA al Taller Informativo manejo adecuado de agroquímicos y socialización del reglamento para la recolección de envases, fundas y demás desechos” para los agricultores de Imbaya, a realizarse el día miércoles 18 de febrero del 2026, a las 15h00pm (3 de la tarde), en la Oficina de la Tenencia Política.